T-Registro y Planilla Electrónica PLAME 2026 Cómo Registrar Trabajadores de forma Correcta y Evitar Multas de SUNAFIL
Evita fiscalizaciones y multas laborales. Guía de cumplimiento sobre el alta de trabajadores en T-Registro, contratos vigentes y aportes en PLAME.
Actualizado: Junio 2026
Respuesta rápida
T-Registro y PLAME: Cronograma y Cumplimiento Laboral
Plazo de alta previa en T-Registro
Obligación desde el día 1
Infracción por no registrar
Declaración mensual remuneraciones
Flujo de Incorporación de un Trabajador
24h Antes
Registro del trabajador en el T-Registro con sus datos contractuales.
Día 1
Inicio de labores del trabajador y firma del contrato físico.
Día +1
Entrega obligatoria al trabajador del cargo de constancia de T-Registro.
Mes Siguiente
Declaración de remuneraciones, días trabajados y aportes a salud/pensiones en la planilla PLAME.
Oportunidades
- +Protección total ante denuncias de trabajadores e inspecciones de SUNAFIL
- +Deducción del gasto de planillas para reducir el pago anual del Impuesto a la Renta
- +Crédito por aportaciones a ESSALUD que beneficia a la empresa
Riesgos
- −T-Registro extemporáneo genera multas calculadas según el número de trabajadores omitidos
- −Tener colaboradores como locadores de servicios con horario fijo desnaturaliza el contrato
- −Retenciones de pensiones (ONP/AFP) no depositadas a tiempo acarrean sanciones penales
¿Qué son el T-Registro y la Planilla PLAME?
Son los dos componentes principales de la Planilla Electrónica de SUNAT. El T-Registro es el padrón laboral donde se inscribe la información de los trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios (4ta categoría) y derechohabientes. La PLAME (Planilla Mensual) es el medio informático mensual donde se declaran las remuneraciones, días trabajados, aportes a ESSALUD, retenciones de ONP/AFP y Renta de 5ta categoría.
Plazo estricto para el alta de trabajadores
De acuerdo con el D.S. N° 018-2007-TR y sus modificatorias, el empleador está obligado a registrar a todo nuevo trabajador en el T-Registro dentro de las 24 horas anteriores al inicio de la prestación de servicios. No se permite el registro retroactivo o 'de prueba'. Omitir esta obligación es calificado como infracción grave por SUNAFIL.
Datos obligatorios y consistencia documental
Al dar de alta a un trabajador, no basta con consignar su DNI. Debes registrar de forma exacta su jornada laboral (si realiza horas extras o jornada atípica), su régimen de salud (ESSALUD u EPS), su régimen de pensiones (ONP o la AFP correspondiente) y la cuenta bancaria de sueldo y CTS. Estos datos deben coincidir 100% con los contratos escritos y boletas de pago.
- Fecha exacta de inicio de labores.
- Establecimiento donde realiza la labor (coherencia con locales declarados en RUC).
- Tipo de contrato de trabajo (plazo indeterminado, sujeto a modalidad, tiempo parcial).
- Monto de la remuneración básica y asignación familiar de corresponder.
La Planilla Mensual (PLAME) y los cruces de SUNAT/SUNAFIL
Mensualmente, la información de la PLAME se transmite a SUNAT junto con los PDTs tributarios. SUNAFIL cruza constantemente estos datos de planilla con la facturación electrónica de la empresa y los depósitos bancarios de sueldos. Si la empresa registra altos volúmenes de facturación o transacciones pero declara cero trabajadores en PLAME, el sistema de SUNAFIL emite alertas inductivas de fiscalización digital.
Multas SUNAFIL vigentes para 2026
Con el valor de la UIT 2026 establecido en S/ 5,500, las multas por no registrar a trabajadores en planilla (informalidad laboral) son sumamente altas. Son calificadas como infracciones muy graves. La multa se calcula en base al tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o No MYPE) y el número de trabajadores afectados, pudiendo llegar a montos catastróficos para el negocio.
Lo que más preguntan
El empleador debe entregar la constancia de alta en el T-Registro al trabajador a más tardar el día hábil siguiente al inicio de la prestación de servicios. Para modificaciones, el plazo es de 15 días calendario.
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