jurídica y contable
Sector · Educación

Asesoría Contable y Tributaria para Instituciones Educativas

Colegios privados, institutos CETPRO, universidades, academias preuniversitarias y ONG educativas. Aprovechamos al máximo el D.L. 882, gestionamos planillas docentes y aseguramos cumplimiento ante MINEDU y SUNEDU.

Respuesta rápida

Las instituciones educativas privadas peruanas pueden reducir hasta el 30% de su Impuesto a la Renta con el crédito por reinversión del D.L. 882, además de beneficiarse de la inafectación al IGV en servicios educativos (Art. 2.g TUO IGV). Asesoramos a colegios, institutos CETPRO, universidades y academias en Abancay, Andahuaylas y todo el Perú, con foco en cumplimiento MINEDU/SUNEDU y planillas docentes correctas.
Lo que hacemos por tu institución

Cobertura completa

Tributario y D.L. 882

  • Programa de reinversión aprobado (D.L. 882) con crédito 30% IR.
  • Inafectación al IGV en servicios educativos (Art. 2.g LIGV).
  • Elección óptima del régimen tributario (RMT vs RG).
  • Declaraciones mensuales y anual con sustento docente.
  • Tratamiento de donaciones recibidas y deducibles.
  • Defensa ante fiscalización SUNAT específica para sector educativo.

Laboral y regulatorio

  • Planillas docentes con CTS, gratificación y vacaciones truncas.
  • Contratos por año escolar y régimen modal específico.
  • Cumplimiento ante MINEDU (colegios, CETPRO).
  • Reporte y cumplimiento SUNEDU (universidades).
  • Coordinación con UGEL Abancay / Andahuaylas.
  • Defensa SUNAFIL especializada en sector educativo.
Marco normativo

Las leyes que aplicamos

NormaMateriaAplicación práctica
D.L. 882Promoción inversión en educaciónCrédito 30% IR por reinversión.
Ley 26549Centros Educativos PrivadosMarco general de colegios particulares.
Ley 30220Ley UniversitariaRegula universidades y SUNEDU.
Ley 30512Institutos y Escuelas de Educación SuperiorCETPRO, IST e IES.
TUO IGV — Art. 2.gInafectación IGVServicios educativos no gravados con IGV.
LIR — Art. 37.xDonaciones deduciblesDonaciones a entidades educativas hasta 10% RN.
Preguntas frecuentes

Sector educación

Depende del nivel de ingresos y forma societaria. Puede acogerse al Régimen MYPE Tributario (RMT) o al Régimen General, aplicando además los beneficios del D.L. 882 (Ley de Promoción de la Inversión en Educación) con crédito por reinversión del 30% si reinvierte utilidades en infraestructura educativa.

¿Tu colegio o instituto aprovecha el D.L. 882?

Te hacemos un diagnóstico gratuito para detectar oportunidades de ahorro tributario y compliance MINEDU/SUNEDU. 30 minutos por Zoom o presencial en Abancay.

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