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Censo Nacional de Pequeña Minería y MAPE 2026 coordinado por INEI, MINEM e INGEMMET

La Ley 32537 dispuso la ejecución de un Censo Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, coordinado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y el Instituto Geológico, M...

Censo Nacional de Pequeña Minería y MAPE 2026: coordinado por INEI, MINEM e INGEMMET
Minería
Criticidad: Alta14 de marzo de 2026Censo en curso 2026Fuente oficial: INEI / MINEM

Respuesta rápida

La Ley 32537 dispuso la ejecución de un Censo Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, coordinado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET). El censo inicia en un plazo máximo de seis meses desde la vigencia de la ley y concluye en un período no mayor de doce meses. Su objetivo: caracterizar a los operadores mineros formales e informales, generar línea base para política pública y diseñar el régimen MAPE definitivo que reemplazará al REINFO.
Marco normativo

Base legal aplicable

Ley N° 32537 (Art. 3)

Dispone Censo Nacional de Pequeña Minería y MAPE

Ley N° 13496

Ley orgánica del INEI

Aplica a

Sectores afectados

Pequeña minería
MAPE
Mineros REINFO

Análisis exclusivo

Interpretación de RF Estudio

El censo NO es opcional. Si tu operación minera (inscrita o no en REINFO) está en Apurímac, te visitarán las brigadas INEI/MINEM/INGEMMET con cuestionarios técnicos sobre producción, equipos, personal, ubicación exacta y aspectos ambientales. La información que entregues será base para el régimen MAPE definitivo que sustituirá al REINFO. RECOMENDACIÓN: prepara documentación previa (RUC, REINFO, contratos, planilla, IGAFOM) para responder con consistencia y no perjudicar tu formalización. RF puede prepararte el dossier técnico para la visita censal.

Acción inmediata

Qué hacer hoy mismo

  • Revisa tu Buzón SOL en SUNAT Operaciones en Línea para detectar notificaciones relacionadas.
  • Identifica si tu empresa está en el supuesto de aplicación de esta norma.
  • Recopila documentación clave: comprobantes, contratos, planillas, declaraciones del período afectado.
  • Consulta con tu asesor tributario antes de responder a SUNAT.
  • Si hay plazo legal vigente, agenda recordatorios visibles para no perderlo.

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