Frena embargos y anula cobros injustos de la SUNAT
¿Te notificaron una resolución de multa o determinación? Tienes 20 días hábiles para impugnar de forma legal, suspender la cobranza coactiva y defender el patrimonio de tu empresa.
Actualizado: Junio 2026
Respuesta rápida
¿SUNAT amenaza con congelar tus cuentas bancarias?
Recibir una resolución de determinación o de multa de la SUNAT genera una gran incertidumbre. Los ejecutores coactivos tienen la facultad de trabar embargos en cuentas en cuestión de días si no se actúa rápido, paralizando tus operaciones comerciales y dañando tu reputación ante clientes y proveedores. El mayor error es dejar pasar el plazo de reclamación por desidia o mal asesoramiento contable.
Sustentamos tu recurso legal y anulamos la multa
Diseñamos estrategias de defensa procesal tributaria a medida. No improvisamos: estudiamos los expedientes de fiscalización para encontrar los errores cometidos por la SUNAT y sustentar la nulidad del cobro.
Suspensión de Cobranza Coactiva
Presentamos de inmediato la oposición formal en los plazos que manda la ley para bloquear cualquier medida de embargo en tus cuentas operativas.
Recursos de Reclamación y Apelación
Redactamos sustentos de defensa contable y legal amparados en jurisprudencia obligatoria (RTFs) del Tribunal Fiscal y del Poder Judicial.
Representación Especializada
Asumimos la defensa técnica de tu RUC en todas las citaciones y requerimientos administrativos en Apurímac y a nivel nacional.
¿Cuándo y para quiénes aplica la impugnación?
Casos Comunes
- Acotaciones injustas por reparos del IGV y del Impuesto a la Renta.
- Multas impuestas por declaraciones juradas omitidas o rectificadas fuera de fecha.
- Órdenes de pago emitidas de forma irregular sobre deudas ya canceladas.
- Atribuciones de la condición de Sujeto sin Capacidad Operativa (SSCO).
Requisitos de Plazo
- Estar dentro del plazo crítico de 20 días hábiles de notificado el acto.
- Copia legible de la notificación y del reporte de fiscalización previo.
- Contar con la contabilidad de soporte y comprobantes del periodo observado.
- Sustento de la bancarización de los pagos del proveedor cuestionado.
¿Notificado por SUNAT? No dejes vencer el plazo de 20 días
Evaluamos los cargos notificados y definimos la viabilidad del recurso de reclamación o apelación de forma confidencial.
Consecuencias graves de no actuar en los plazos de ley
Acompañamos el proceso y evaluamos tu contingencia real
La defensa tributaria efectiva requiere combinar un análisis de los números contables con la ley procesal. Te brindamos un soporte integral de litigio fiscal:
Garantía de Confianza RF Estudio
Atención en Abancay y todo el Perú
Sede física en Av. Núñez 1037 (frente a Parque Victoria) y atención remota nacional.
Experiencia sectorial comprobada
Especialistas con empresas de transporte, minería, comercio y servicios.
Revisión documentaria previa
Evaluamos tus facturas y expedientes de forma minuciosa antes de actuar ante SUNAT.
Acompañamiento tributario y contable
Respaldo continuo por profesionales titulados y habilitados (CPC y abogados).
Atención directa por WhatsApp
Resolución de consultas en tiempo real de forma personalizada.
Preguntas frecuentes sobre impugnaciones SUNAT
La reclamación es el primer recurso impugnatorio administrativo que se presenta ante la propia SUNAT para cuestionar un cobro indebido. El plazo de presentación es de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la resolución de determinación, resolución de multa u orden de pago. Si presentas fuera de plazo, la ley te exige pagar toda la deuda de antemano o presentar una costosa carta fianza.
¿SUNAT te notificó un cobro o multa con el que no estás de acuerdo?
No dejes vencer el plazo crítico de 20 días hábiles de ley. Evaluamos tu expediente de manera gratuita para diseñar una estrategia de defensa eficaz.
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