ISC transportistas tasa 70% del impuesto al diésel, prorrogada hasta 31-dic-2028
La orientación vigente de SUNAT para el beneficio de devolución del ISC a transportistas exige revisar porcentaje aplicable, combustible comprendido, sustento de compras y forma de presentación de la solicitud. La viabilidad del beneficio d...

Respuesta rápida
Base legal aplicable
Ley N° 29518
Ley del beneficio de devolución de ISC al transportista de carga
D.S. 145-2010-EF
Reglamento del beneficio de devolución del ISC
ISC Transportistas: cronograma 2026–2028
del ISC al diésel devuelto
Vigencia hasta 31-dic
Prórroga adicional
Línea de tiempo del beneficio
2019
Creación del SISEV — devolución 53% ISC al diésel para transporte de carga
2022
Primera prórroga: vigencia extendida hasta 2024
2024
Tasa de devolución aumentada al 70% del ISC
2026
Ley 32540 prorroga el beneficio dos años más
2028
Fin de la vigencia: 31 de diciembre
Oportunidades
- +Ahorro real de hasta S/ 0.40 por galón de diésel para empresas habilitadas
- +Mejora de margen operativo en transporte interprovincial de carga
- +Aplicable a buses interprovinciales con autorización MTC
- +Recuperación trimestral vía SUNAT (Formulario Virtual 1647)
Riesgos
- −Requiere RUC activo, registro MTC vigente y SOAT al día
- −Solo aplica a diésel comprado a estaciones afiliadas (DS Nº 419-2019-EF)
- −Si hay deuda tributaria coactiva, SUNAT compensa antes de devolver
- −Plazo de 3 meses para solicitud bajo riesgo de pérdida del derecho
Sectores afectados
Análisis exclusivo
Interpretación de RF Estudio
Antes de calcular un ahorro o asumir continuidad del beneficio, conviene revisar la orientación oficial vigente, el combustible involucrado, el registro del transportista y el soporte documental de las compras. En este tema importa más la trazabilidad del periodo que la promesa comercial.
Qué hacer hoy mismo
- Revisa tu Buzón SOL en SUNAT Operaciones en Línea para detectar notificaciones relacionadas.
- Identifica si tu empresa está en el supuesto de aplicación de esta norma.
- Recopila documentación clave: comprobantes, contratos, planillas, declaraciones del período afectado.
- Consulta con tu asesor tributario antes de responder a SUNAT.
- Si hay plazo legal vigente, agenda recordatorios visibles para no perderlo.
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