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ATU · Transporte

Subsidio temporal al diésel para transportistas S/ 4 por galón y solicitudes hasta el 30-set-2026

La ATU aprobó los lineamientos para otorgar un subsidio económico temporal de S/ 4 por cada galón de diésel B5 o B20 con azufre menor o igual a 50 ppm. Comprende adquisiciones realizadas del 29 de mayo al 29 de julio de 2026; las solicitude...

Actualizado: Junio 2026

Subsidio temporal al diésel para transportistas: S/ 4 por galón y solicitudes hasta el 30-set-2026
Transporte
Criticidad: Alta08 de julio de 2026Solicitudes hasta 30-set-2026Fuente oficial: ATU

Respuesta rápida

La ATU aprobó los lineamientos para otorgar un subsidio económico temporal de S/ 4 por cada galón de diésel B5 o B20 con azufre menor o igual a 50 ppm. Comprende adquisiciones realizadas del 29 de mayo al 29 de julio de 2026; las solicitudes se presentan virtualmente en la PDS de la ATU del 30 de julio al 30 de septiembre de 2026, sujetas a los requisitos del programa.
Marco normativo

Base legal aplicable

D.U. N.° 004-2026

Autoriza el subsidio económico temporal para transportistas de pasajeros y mercancías a nivel nacional.

R.P.E. N.° 170-2026-ATU/PE

Aprueba los lineamientos operativos para el otorgamiento del subsidio.

Aplica a

Sectores afectados

Transporte terrestre regular de pasajeros
Transporte público terrestre de carga
Operadores formales de transporte

Análisis exclusivo

Interpretación de RF Estudio

No se trata de un subsidio del 4%, sino de S/ 4 por galón. Tampoco debe confundirse con la devolución del ISC. Para revisar la procedencia, ordene los comprobantes electrónicos de combustible, la documentación de su operación y los requisitos específicos de la ATU antes de presentar la solicitud.

Acción inmediata

Qué hacer hoy mismo

  • Revisa tu Buzón SOL en SUNAT Operaciones en Línea para detectar notificaciones relacionadas.
  • Identifica si tu empresa está en el supuesto de aplicación de esta norma.
  • Recopila documentación clave: comprobantes, contratos, planillas, declaraciones del período afectado.
  • Consulta con tu asesor tributario antes de responder a SUNAT.
  • Si hay plazo legal vigente, agenda recordatorios visibles para no perderlo.

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